Con fecha 28 de febrero, ha sido publicada en el BOE la Orden IET/329/2015, de 26 de febrero, por la que se establecen las actuaciones que deben realizar los operadores prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas móviles en la banda del dividendo digital para garantizar que la puesta en servicio de las estaciones emisoras en dicha banda no afecte a las condiciones existentes de recepción del servicio de televisión
Esta orden manifiesta que los operadores de telefonía son los que deben de resolver los problemas de saturación, interferencias, etc., producidas por sus emisionesentes de recepción del servicio de televisión.
28022015_BOE_Orden_26_02_15_Afectaciones 4GLTE_TDT